“El Consejo de Estado conceptuó que los fallos de responsabilidad fiscal, multas impuestas por las contralorías y pólizas y demás garantías a favor de entidades que hacen parte de los fallos de responsabilidad fiscal ya no serán obligatorios, si dentro de los cinco años siguientes a que tales decisiones estén en firme, las autoridades responsables de hacerlos efectivos no lo hayan efectuado”.