Para la expedición de la patente de pesca a una embarcación de bandera colombiana o extranjera, la AUNAP podrá designar a un funcionario o contratista para que practique la visita de inspección ocular cuando la embarcación se encuentre en puerto.
La norma de la Entidad establece que “para la expedición de la patente de pesca a una embarcación de bandera colombiana o extranjera, la AUNAP podrá designar a un funcionario o contratista para que practique la visita de inspección ocular cuando la embarcación se encuentre en puerto”.
Para la expedición de la patente de pesca a una embarcación de bandera colombiana o extranjera, la AUNAP podrá designar a un funcionario o contratista para que practique la visita de inspección ocular cuando la embarcación se encuentre en puerto.