El Ministerio indicó que una vez se publique en el SICOM el mecanismo que la Dirección de Hidrocarburos empleará para determinar cuál es la Federación o Federaciones Habilitadas para ejercer la administración del Fondo, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 26 de 1989, dichos distribuidores minoristas tendrán un término de 2 semanas para informar la Federación a la que pertenecen. Por tal razón, invita a todos los distribuidores minoristas del país a actualizar su información en la plataforma SICOM y a seguir los canales de comunicación de ésta, donde se publicarán las etapas y procesos a desarrollar para este propósito.