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CRA: “la determinación del tipo de consumo, está sujeta a unos rangos que dependen de la altitud de las ciudades y municipios”

Escrito por  Oct 02, 2023

La determinación del tipo de consumo, está sujeta a unos rangos que dependen de la altitud de las ciudades y municipios; de modo tal que si un municipio se encuentra ubicado por debajo de los 1.000 mts. sobre el nivel del mar, le es aplicable el tercer rango de consumo, es decir, aquel conforme con el cual, serán considerados como “Consumo básico”, 16 m3, “mensuales por suscriptor facturado” y por encima de dicho consumo y hasta 32m3, será catalogado como “complementario”. El consumo por encima de dicho límite será “suntuario”.

“En conclusión, las metodologías y fórmulas tarifarias expedidas por esta Comisión de Regulación permiten calcular los costos de referencia de los componentes de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado y, a partir de los mismos, corresponde a las personas prestadoras calcular sus costos de acuerdo con sus estructuras tarifarias teniendo en cuenta la estratificación socioeconómica y los porcentajes de subsidios aprobados localmente por el Consejo Municipal mediante Acuerdo emitido por dicha corporación, en donde la administración municipal puede optar por subsidiar el valor del cargo fijo y el valor del cargo por consumo, hasta el valor correspondiente al consumo básico de los beneficiarios del subsidio, es decir los usuarios de los estratos 1, 2 y 3, siempre y cuando cuente con los recursos suficientes para sufragar el pago de dichos subsidios”.

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