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Consejo de Estado explicó por qué los actos que declararon la caducidad de un contrato de obra suscrito por EPM, se encuentran viciados de nulidad por vulnerar los derechos a la defensa al no brindar oportunidad de controvertir inconsistencias

Escrito por  Oct 02, 2023

La Sala declara la nulidad de unas resoluciones proferidas por las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., mediante las cuales se declaró la caducidad del contrato y lo condenó al pago de $150’740.061, por concepto de la devolución de lo cobrado a título de cláusula penal pecuniaria. Para la Sala, “la entidad demandada no cumplió con la garantía del debido proceso de Incoltes, pues, pese a que le indicó las inconsistencias que encontró respecto del acta 4 y le anunció que revisaría lo pagado en relación con las actas anteriores - en atención a la comprobación que realizaría directamente en la obra- lo cierto es que ese único aviso no resultó suficiente para tener por acreditado que el contratista pudo controvertir y defenderse de los reproches que sustentaron la declaratoria de caducidad”.

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Modificado por última vez en Domingo, 01 Octubre 2023 22:05