La Sala declara la nulidad de unas resoluciones proferidas por las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., mediante las cuales se declaró la caducidad del contrato y lo condenó al pago de $150’740.061, por concepto de la devolución de lo cobrado a título de cláusula penal pecuniaria. Para la Sala, “la entidad demandada no cumplió con la garantía del debido proceso de Incoltes, pues, pese a que le indicó las inconsistencias que encontró respecto del acta 4 y le anunció que revisaría lo pagado en relación con las actas anteriores - en atención a la comprobación que realizaría directamente en la obra- lo cierto es que ese único aviso no resultó suficiente para tener por acreditado que el contratista pudo controvertir y defenderse de los reproches que sustentaron la declaratoria de caducidad”.