público en todas las sedes de la ANM a nivel nacional, así como los términos que se encontraban en curso en las actuaciones administrativas a cargo de esta Agencia, bajo dicho aislamiento. A su vez, la Resolución No. 096 del 16 de marzo de 2020, dispuso, en su artículo segundo, suspender los términos y actuaciones administrativas iniciadas ante la ANM y los términos con los que cuentan los titulares mineros, solicitantes y proponentes para cumplir con los requerimientos técnicos y jurídicos elevados por la autoridad minera, así como interponer los recursos de reposición desde el día 17 de marzo hasta el 1 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.