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La liquidación unilateral por parte de Electranta de un contrato de suministro resultó incumplido cuando al vencimiento de su plazo no fue entregada la totalidad de los ítems estipulados

Escrito por  Ago 28, 2023

La Sala advirtió que, habiendo sido el contrato de suministro, de una sola prestación, resultó incumplido íntegramente cuando al vencimiento de su plazo no se entregó la totalidad de los ítems contratados. “En armonía con las comunicaciones y actos en que Electranta afirmó no haber recibido oportunamente el suministro, se advierte que la sociedad [proveedora] no demostró, por su parte, haber cumplido con el contrato dentro del plazo límite por ella misma aceptado en el acuerdo adicional; pues si bien se aportaron al plenario unos formularios, en las que se hizo referencia al despacho de los uniformes, no se probó que los mismos hubieran sido recibidos por Electranta en ninguna fecha, por lo que no se desvirtuó el incumplimiento señalado por la entidad en los actos enjuiciados”.

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Modificado por última vez en Lunes, 28 Agosto 2023 07:43