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Consideraciones de la SSPS sobre la suspensión de servicios a usuarios comerciales de estratos 5 y 6 durante emergencia del COVID 19

Escrito por  Dic 01, 2020

De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD antes de realizar la suspensión del servicio por falta de pago, el comercializador deberá ofrecer las opciones de pago diferido del valor de la factura, para los usuarios residenciales de los estratos 5 y 6 y usuarios regulados comerciales e industriales, mediante libre acuerdo de las partes.

Respecto a los usuarios residenciales de los estratos 1 al 4, las medidas implementadas por parte del Gobierno Nacional con ocasión del estado de emergencia económica, social y ecológica a causa del Covid-19, entre las que se encuentra las del pago diferido de las facturas de servicios públicos, instaron a los prestadores a tomar la opción de ese diferimiento como obligatorio. Por tal razón, las empresas deben ofrecer periodos de pago del saldo diferido, de treinta y seis (36) meses para usuarios de los estratos 1 y 2 y de veinticuatro meses (24) para usuarios de estratos 3 y 4.

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