distrital de salud, debe convocar a dichas organizaciones para que se surta la elección correspondiente
A través del presente concepto se precisó que, la elección del miembro de la junta directiva que representa a los usuarios, debe efectuarse entre los miembros de las alianzas o asociaciones de usuarios establecidas en la ESE. Al punto, la dirección departamental, municipal o
distrital de salud, debe convocar a dichas organizaciones para que se surta la elección correspondiente