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CRA precisó que no es posible exonerar del pago de los servicios públicos domiciliarios a ningún usuario y que, en tal razón, tampoco se pueden efectuar amnistías al respecto, excepto quienes gozan de garantía reforzada al derecho al agua

Escrito por  Jul 24, 2023

Lo anterior, dado que en el régimen no existen los conceptos de gratuidad ni de exoneración en el pago de estos pues, por el contrario, es deber de los prestadores, acudir a las acciones o mecanismos legalmente establecidos para obtener el pago de los servicios prestados y no

pagados por los usuarios, deber que se fundamenta en la misma circunstancia, esto es, en la onerosidad de estos servicios. La persona prestadora debe evaluar en cada caso particular si la medida de suspensión o corte pone en riesgo el derecho fundamental al acceso al agua potable conforme con las normas y jurisprudencia citadas en este concepto.

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Modificado por última vez en Sábado, 22 Julio 2023 21:28