Concurso de Méritos desarrollado en el marco del Acuerdo 1506 de 2020 de la CNSC – Convocatoria Nación 3. De esta forma, el Instituto a partir de la fecha referenciada debe proceder con el nombramiento de los elegibles, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el artículo 263 de la Ley 1955 de 2019 por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, esto es, modificar transitoriamente la vigencia de las listas de elegibles para efectos de garantizar la permanencia de los servidores nombrados en provisionalidad que acrediten la condición de pre-pensionados.