define en el artículo 3 el Análisis de Riesgos (AR), la Evaluación de Riesgos; la norma citada expresa que una vez revisada la solicitud de importación, se revisará la información y se le comunicará al usuario
El ICA concluyó que la especie Rubus allegheniensis, es una especie que ya ha sido importada y cuenta con los documentos de AR, así mismo, la normativa ICA no hace distinción en la presentación de la especie para la importación, motivo por el cual esta Oficina Asesora consideró que no se requiere la realización de la Evaluación de Riesgos para la importación de una especie bajo la técnica In Vitro.