restaurador-reparador -TOAR, de conformidad con lo establecido en la Ley 1957 de 2019, siempre y cuando las acciones de preservación y/o restauración de que trata el presente artículo se desarrollen en predios cuyo propietario, poseedor u ocupante de buena fe exenta de culpa acredite su condición de víctima del conflicto armado”.
“Que el artículo 224 de la Ley 2294 de 2023 establece que, para los Pagos por Servicios Ambientales para la Paz, el costo de las acciones de preservación y/o restauración podrá formar parte del valor del incentivo Pago por Servicios Ambientales de que trata el Decreto Ley 870 de 2017, siempre que se adelante el seguimiento y verificación de las acciones de preservación y/o restauración a cargo del compareciente ante la Jurisdicción Especial para la Paz, por parte del Mecanismo de Monitoreo y Verificación determinado por ésta”.