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“Los tipos penales no son en sí mismos inconstitucionales, pues, idóneamente tienen por objeto proteger estructuras medio ambientales, así sea de manera temporal y del uso indebido de los recursos naturales en áreas de reserva forestal”: Corte

Escrito por  Jun 20, 2023

A través de este providencia, al declarar exequible el artículo 1 (parcial) de la Ley 2111 de 2021, por medio del cual se sustituye el Título XI “De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente”, en relación con los artículos 333, 336 y 336A del Código Penal, la

Corte Constitucional concluyó que los tipos penales contenidos en los artículos 336 y 336A no son en sí mismos inconstitucionales, pues, idóneamente tienen por objeto proteger estructuras medio ambientales de la invasión, de la permanencia así sea de manera temporal y del uso indebido de los recursos naturales en áreas de reserva forestal, ecosistemas de importancia ecológica, playas, terrenos de bajamar, resguardos o reservas indígenas, terrenos de propiedad colectiva de las comunidades negras, parques regionales, parques nacionales naturales, áreas o ecosistemas de interés estratégico y áreas protegidas.

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