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La responsabilidad de los municipios de transferir recursos para el pago de los subsidios a los prestadores tiene un plazo de 30 días, desde la expedición de la factura a cargo del municipio

Escrito por  Jun 05, 2023

Los subsidios sólo se otorgarán a los usuarios de inmuebles residenciales y a las zonas rurales de los estratos 1 y 2; las comisiones de regulación definirán las condiciones para otorgarlos al estrato 3. Cuando los Concejos creen los fondos de solidaridad para subsidios y

redistribución de ingresos y autoricen el pago de subsidios a través de las empresas, pero con desembolsos de los recursos que manejen las tesorerías municipales, la transferencia de recursos se hará en un plazo de 30 días, contados desde la misma fecha en que se expida la factura a cargo del municipio. Para asegurar la transferencia, las empresas firmarán contratos con el municipio. Esta norma establece la responsabilidad de los municipios de transferir recursos para el pago de los subsidios a los prestadores de servicios públicos domiciliarios dentro de un plazo de 30 días, desde que sea expedida la factura a cargo del municipio. Adicionalmente, establece que, para asegurar la transferencia, los prestadores deben suscribir contrato con el municipio.

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