Para la ANM se hace necesario modificar la Resolución 171 del 19 de abril de 2018, dado que los interesados en certificarse en el RUCOM se someten a un ciclo recurrente que imposibilita su certificación, por cuanto las entidades bancarias no les permiten acceder a sus productos financieros hasta tanto se encuentren
debidamente acreditados en el RUCOM por la ANM, y a su vez la autoridad minera no los certifica hasta tanto aporten la certificación de contar con un producto financiero tal como se menciona. El espacio para comentarios estará disponible hasta el hasta el 13 de Diciembre de 2020.
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