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Recuento normativo de la ADR sobre el régimen legal en materia de conflicto de intereses aplicable a los servidores públicos

Escrito por  May 10, 2023

El régimen legal en materia de conflicto de intereses es aplicable a los servidores públicos, clasificación dentro de la cual no se encuentran los contratistas vinculados a través de contrato de prestación de servicios. En virtud del análisis efectuado por la Entidad, se precisó que

“el conflicto de interés se presenta cuando hay una concurrencia antágonica entre el interés general propio de la función pública y un interés particular y directo de un servidor público, razón por la cual Éste deberá declararse impedido. Teniendo en cuenta que la consulta se relaciona con una contratista vinculada a través de un contrato de prestación de servicios y que este tipo de vinculación no se encuentra dentro de la categoría de servidor público, en estricto sentido, esta no debiera declararse impedida”.

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