El Consejo de Estado no avoca conocimiento de control inmediato de legalidad al Acuerdo n.º PCSJA20-11516 del 12 de marzo de 2020, proferido por el Consejo Superior de la Judicatura, “por el cual se declara la urgencia manifiesta y se autoriza una contratación”. Para la Sala, si bien el acto es de contenido general y fue expedido por una autoridad del orden nacional, lo cierto es que no desarrolla los decretos legislativos expedidos en el marco del respectivo estado de excepción.