La Corte Agraria y Rural es el máximo tribunal de la Jurisdicción Agraria y Rural, cuya estructura y funcionamiento será definido en la ley. Se compondrá de un número impar de magistrados, determinado por la ley, quienes para ser elegidos deberán cumplir con los requisitos, cualidades y calidades necesarias para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, y haber ejercido la profesión en actividades relacionadas con el Régimen Agrario y Rural. En lo demás, se regirán por las condiciones, requisitos y periodos previstos en los artículos 231, 232 y 233 de la Constitución. La Corte Agraria y Rural reglamentarán la fórmula de votación y el término en el cual deberán elegir a los Magistrados que conformen la respectiva corporación.