Regulación, tal como se establece en el artículo 90 de la Ley 142 de 1994. La Resolución CRA 750 de 2016, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, definió los diferentes rangos de consumo así: i) básico, ii) complementario y iii) suntuario, de acuerdo con la altura sobre el nivel del mar, de tal forma que se contribuyera con al uso eficiente, el ahorro del agua y se desestimulara su uso irracional. Como medidas para desincentivar el consumo excesivo de agua potable, la CRA expidió la Resolución 887 de 2019 compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, cuyo objeto es desincentivar el consumo en periodos de escasez o baja producción de agua potable por situaciones propias de la naturaleza, en donde el factor de referencia es la altitud promedio sobre el nivel del mar y los desincentivos dependerán de los niveles de precipitación o variables climáticas de la región.