en trámite y que resultarían suspendidos con la implementación de la medida y un estudio del estado en que se encuentran y de los medios tecnológicos implementados por la entidad para facilitar su continuidad.
Para la Sala, en el caso concreto, no se considera necesario solicitar concepto alguno, pero sí que se alleguen al proceso los antecedentes administrativos de la resolución que se examina, los demás documentos que guarden relación con el desarrollo de la medida y la entidad deberá certificar el número de procesos que actualmente se encuentran
en trámite y que resultarían suspendidos con la implementación de la medida y un estudio del estado en que se encuentran y de los medios tecnológicos implementados por la entidad para facilitar su continuidad.