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MinMinas precisó que es deudor de la obligación de pago del servicio público de energía eléctrica quien lo haya utilizado y aclaró aspectos sobre los recursos destinados a cubrir los subsidios de este sector a los usuarios de menores ingresos

Escrito por  Ene 25, 2023

A través del presente concepto el ministerio de Minas respondió a los siguientes interrogantes: ¿EI Estado a través de alguna entidad, destina recursos para que las comunidades indígenas efectúan el pago del servicio público de energía eléctrica consumido?; ¿Es viable efectuar

la suspensión del servicio de energía a las comunidades indígenas que actualmente se encuentran en mora, y que desde hace ya varios meses se ha intentado efectuar acuerdos de pago, contactar a la comunidad, alcaldías y oficinas pertinentes para el pago de dicho servicio, toda vez, que es indispensable para la Electrificadora del Meta SA ESP, lograr el recaudo efectivo de dicha cartera en mora para mantener el principio de suficiencia financiera? Lo anterior, ¿con el fin de evitar sanciones irregularidades, que vulneren los derechos de dichas comunidades?, entre otras preguntas absueltas por la Entidad.

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