importan licores, vinos, aperitivos y similares. Para la Sala, “es importante precisar, que, frente al proceso de cobro persuasivo iniciado por la Superintendencia Nacional de Salud, ni la Superintendencia de Sociedades, ni ninguna otra autoridad, ha manifestado tener o no la competencia, y, por tanto, no se cumple con aquel elemento necesario para activar la competencia de la Sala, lo que conlleva a concluir que no se está frente a un conflicto positivo o negativo de competencias”.