los proyectos de inversión financiados con recursos de la Asignación Ambiental y el 20% del mayor recaudo del SGR, del sector Ambiente y Desarrollo Sostenible. Lo anterior, en la medida en que la acreditación de la propiedad de los predios en los que se ejecutarán proyectos de inversión del sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, según lo señala el Documento de Orientaciones Transitorias, se sujeta a una condición especial: para que en un predio dado pueda desarrollarse un proyecto de inversión ambiental de los que se señalan en el punto No. 7.2.1 del Documento de Orientaciones Transitorias, es preciso remitir la autorización de su propietario y por tanto, no basta con la acreditación que proporcione el poseedor de buena fe sobre la titularidad del inmueble, para cumplir con el requisito”.