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SSPD analizó disposiciones sobre los criterios para definir el régimen tarifario

Escrito por  Ene 17, 2023

“Las tarifas aplicables a los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, salvo que el prestador se encuentre incurso en alguna de las excepciones contenidas en la Ley o en las normas tarifarias, deberán ser calculadas con base en las metodologías y fórmulas tarifarias que

para el efecto hayan sido establecidas por la CRA. Con respecto al servicio público de acueducto, se precisa que la formula tarifaria está compuesta por un cargo fijo, cargo por unidad de consumo, cargos por aporte por conexión, lo que significa que los prestadores del servicio no podrán establecer cargos diferentes a los establecidos en la ley y en la regulación”.

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