Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

SSPD respondió preguntas relativas a la responsabilidad en la construcción y entrega de las redes secundarias del servicio de acueducto, en el marco del trámite que deben agotar los urbanizadores para obtener la certificación de viabilidad inmediata

Escrito por  Ene 10, 2023

La Entidad precisó que el numeral 5 del artículo 3o del Decreto 3050 de 2013, se encuentra actualmente compilado en el artículo 2.3.1.1.1. del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, que adopta varias definiciones para interpretar el régimen reglamentario del sector de

agua potable y saneamiento básico, entre ellas, la referente a la red de distribución, red local o red secundaria de acueducto. Ahora, conforme lo determina el numeral 5 del artículo 2.3.1.1.1. del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, el diseño y construcción de la Red de distribución, red local o red secundaria de acueducto, esto es, el conjunto de tuberías, accesorios, estructura y equipos que conducen el agua desde la red matriz o primaria hasta las acometidas domiciliarias del respectivo proyecto urbanístico, corresponde a los urbanizadores.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Lunes, 09 Enero 2023 21:43