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CE declaró que el municipio de Soracá, Boyacá, no es responsable por la omisión en la prestación del servicio esencial de gestión integral del riesgo contra incendios, a pesar de la destrucción de un cultivo de pino de propiedad del demandante

Escrito por  Ene 05, 2023

La Sala indicó que el municipio Soracá no contaba para el día de los hechos con un cuerpo de bomberos ni oficial ni voluntario como prescribía la citada norma, según la cual la gestión integral del riesgo contra incendios es un servicio público esencial a cargo de los municipios.

En efecto, fueron representantes de otros organismos quienes acudieron a atender la emergencia, pues se acreditó que fueron los bomberos voluntarios de Tunja quienes la atendieron, aun sin contar con algún convenio con el municipio de Soracá.

El despacho indicó que le asiste razón al Tribunal al considerar que no se encuentra acreditada en el proceso, la relación de causalidad invocada en la causa petendi, pues el sólo hecho de que la administración municipal hubiera estado obligada a contar con un cuerpo de bomberos con capacidad operativa para atender este tipo de emergencias, no es prueba de que dicha omisión hubiera sido la causa adecuada del daño cuya reparación se pretende.

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