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Consideraciones de la SSPD sobre la definición de Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS)

Escrito por  Dic 26, 2022

“Esta obligación fue reiterada en el artículo 4 de la Resolución 0754 de 2014 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, de acuerdo con el cual “Es responsabilidad de los municipios, distritos o de los esquemas asociativos territoriales, la formulación, implementación,

evaluación, seguimiento, control y actualización del PGIRS en el ámbito local, regional, según el caso”. En ese sentido, aun cuando la reglamentación impone a los municipios, como entidades territoriales, la obligación de formular, implementar, evaluar, seguir, controlar y actualizar los PGIRS, dicha norma no establece el alcance de ésta. Es decir, no se precisa la forma en los municipios deben desarrollar esa responsabilidad. De ahí que los municipios cuenten con amplias facultades para adelantar la evaluación, seguimiento, control y actualización, entre otras, de los PGIRS. Para ello, podría utilizar mecanismo como los requerimientos de información y documento”.

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