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Gobierno modificó los Estatutos del Banco de la República, en lo relativo al registro de las variaciones de las reservas internacionales generadas por cambios en los precios de las inversiones

Escrito por  Dic 16, 2022

Dado que actualmente conforme a sus Estatutos, el Banco de la República sólo puede registrar las variaciones de las reservas internacionales generadas por cambios en los precios de las inversiones en dos (2) de las categorías, el Gobierno estableció que “las variaciones de las

reservas internacionales generadas por cambios en los precios de las inversiones de las que trata el numeral 4 del presente artículo, podrán  registrarse en "Otro Resultado lntegral-ORI" en el patrimonio, de acuerdo con la política contable que defina el Banco de la República, en concordancia con la Ley 31 de 1992, estos Estatutos y los principios y estándares contables internacionalmente aceptados".

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