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A través de concepto, la SSPD explicó los presupuestos para que surja el vínculo contractual entre un prestador de servicios públicos domiciliarios y el suscriptor o usuario

Escrito por  Dic 15, 2022

“El vínculo contractual entre un prestador de servicios públicos domiciliarios y el suscriptor o usuario de los mismos es de carácter consensual y surge cuando se advierten los presupuestos establecido en el artículo 129 antes señalado, esto es: I) que el prestador defina

previamente las condiciones uniformes en las que va a prestar el servicio, II) que el propietario o quien habita el inmueble solicite recibir allí el servicio y III) que, tanto el solicitante y el inmueble, cumplan los requisitos definidos por el prestador en las condiciones uniformes, condición indispensable para que el prestador pueda realizar la conexión del servicio”.

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