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CRA se pronuncia sobre la legalidad del cobro de cargo fijo para inmuebles comerciales desocupados

Escrito por  Ago 06, 2020

Si el inmueble se encuentra desocupado, pero no hay suspensión de mutuo acuerdo, así no haya consumo, en principio sólo habría lugar al cobro del cargo fijo en los servicios públicos que esté permitido, como es el caso de acueducto.

Aun cuando para los servicios de acueducto y alcantarillado no existe disposición legal alguna que regule lo relativo al cobro de servicios para inmuebles desocupados, se debe tener en cuenta que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 142 de 1994, empresa y el suscriptor o usuario tienen derecho a que los consumos se midan; a que se empleen para ello los instrumentos de medida que la técnica haya hecho disponibles; y a que el consumo sea el elemento principal del precio que se cobre al suscriptor o usuario.

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