ordenamiento jurídico como consecuencia de su derogatoria, expresa o tácita, no implica la imposibilidad de examinar en sede judicial si en su expedición fueron cumplidos los requisitos y elementos esenciales para predicar de ellos su validez”. “El establecimiento de la tarifa de los derechos de tránsito contemplada en los actos censurados no implique un desconocimiento al derecho a la igualdad, pues es el ciudadano quien decide voluntariamente si accede o no al servicio que es ofrecido y que normalmente le beneficia, caso en el cual deberá sufragar la erogación correspondiente por su aprovechamiento”.