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SSPD se refirió a la naturaleza de los contratos de servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Nov 02, 2022

Quedó dispuesto que, De conformidad con el artículo 128 de la Ley 142 de 1994 el contrato de servicios públicos es de carácter uniforme y consensual, mediante el cual una empresa de servicios públicos domiciliarios le presta el servicio a un usuario a cambio de un precio en

dinero. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.

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