De acuerdo con lo dispuesto en el presente concepto, para que se realice la modificación del registro, y en aras de garantizar el derecho de igualdad de todas las empresas, es necesario que se pague la tarifa vigente correspondiente de conformidad con el parágrafo del artículo 7
de la resolución 1577 de 2022, el cual establece “PARÁGRAFO. La modificación del registro se realizará de manera automática a través de simplifica, previa cancelación de la tarifa vigente.” Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.
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