deben pagar regalías al Estado como contraprestación económica por la explotación de los recursos minerales, de acuerdo con los volúmenes del mineral Explotado.
EL MinMinas aclaró que toda explotación de recursos naturales no renovables genera la obligación de declarar y pagar regalías, de conformidad con los artículos 332 y 360 de la Constitución Política de Colombia. En tal sentido, se concluye que los mineros de subsistencia
deben pagar regalías al Estado como contraprestación económica por la explotación de los recursos minerales, de acuerdo con los volúmenes del mineral Explotado.