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Concepto del MinMinas sobre la categoría de los mineros de subsistencia de acuerdo con la definición de “explotación minera”

Escrito por  Oct 06, 2022

De acuerdo con las disposiciones del presente concepto, el término “explotación minera” está referido a varias actividades consideradas en conjunto y no aisladamente: extracción, acopio, beneficio, cierre y abandono de los montajes y de la infraestructura. Adicionalmente, la

explotación minera está ligada al área de la concesión. En tal sentido, para el MinMinas, todas las personas que extraen y recolectan minerales de las arenas o colas de molienda de las plantas de beneficio de un titular minero, son considerados por la norma como mineros de subsistencia.

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