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Concepto de MinAmbiente sobre el cobro por los servicios de evaluación y seguimiento de instrumentos de control y manejo ambiental

Escrito por  Sep 23, 2022

Quedó dispuesto que, las autoridades ambientales competentes, se encuentran autorizadas a cobrar por los servicios de evaluación y seguimiento, cuando dichos servicios se encuentran directamente asociados con el trámite, otorgamiento y seguimiento a una autorización

ambiental (instrumento de manejo y control ambiental), entendida como el instrumento (acto administrativo) que autoriza, en algunos casos, el aprovechamiento de un recurso natural renovable, en otros, aquellos actos administrativos en los cuales se autoriza “para hacer algo o conseguir un fin”, y que permite hacer seguimiento a las condiciones y obligaciones establecidas en dicho acto administrativo.

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