analógicamente, de cara a que a los infractores pertenecientes al grupo A del SISBEN, se asigne en la modelación matemática para determinar la multa en lo correspondiente al criterio de la capacidad socioeconómica del infractor la cifra de 0.01, al perteneciente al grupo B la cifra 0,02, y así sucesivamente hasta llegar al grupo D. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.