derecho fundamental de petición”.
Para la Sala, “se encuentra acreditado que el 10 de diciembre de 2021, el tutelante radicó de forma presencial su petición ante la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial del Consejo Superior de la Judicatura, para solicitar que se expidiera certificación laboral. También se encuentra acreditado que se envió reiteración de la petición el 29 de enero y el 9 de febrero de 2022 a los correos electrónicos [autorizados por dicha entidad para la recepción de documentos y peticiones]”.