“La toma de las muestras de calidad del agua se comunicará al prestador, por cualquier medio idóneo, tomando como referencia inicial los datos de contacto reportados por el prestador en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos – RUPS, indicando los parámetros
a evaluar, así como las condiciones de logística para la toma de la contramuestra. En caso de que el prestador no se encuentre inscrito en RUPS, el aviso se efectuará a los datos de contacto suministrados por otras fuentes tales como los registros de cámara de comercio o matrícula mercantil”.
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