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Reiteración de jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre los servicios y tecnologías en salud incluidos en el plan de beneficios

Escrito por  Sep 02, 2022

Del derecho fundamental a la salud, en la sentencia C-313 de 2014, la Corte explicó que la Ley 1751 de 2015 contempla un modelo de exclusión expresa, por virtud del cual el legislador abandonó la distinción entre servicios y tecnologías de la salud: (I) excluidos expresamente,

(II) incluidos expresamente e (III) incluidos implícitamente, y optó por una regla general en la que todo servicio que no esté expresamente excluido, se encuentra incluido dentro del plan de beneficios.

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