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MinSalud aclaró disposiciones para la liquidación de incapacidades, licencias de maternidad y paternidad

Escrito por  Ago 26, 2022

En primer lugar, se aclaró que, el cálculo para la liquidación del auxilio por incapacidad no puede dar como resultado un monto inferior al salario mínimo legal vigente. Para el reconocimiento y pago de la prestación de la licencia de maternidad conforme a las disposiciones

laborales vigentes se requerirá que la afiliada cotizante hubiere efectuado aportes durante los meses que correspondan al período de gestación y para el reconocimiento y pago de la prestación de la licencia de paternidad conforme a las disposiciones laborales vigentes se requerirá que el afiliado cotizante hubiere efectuado aportes durante los meses que correspondan al período de gestación de la madre y no habrá lugar al reconocimiento proporcional por cotizaciones cuando hubiere cotizado por un período inferior al de la gestación.

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Modificado por última vez en Jueves, 25 Agosto 2022 23:32