técnicos y jurídicos establecidos, los cuales son necesarios para su conexión."
La CRA reiteró que "si bien todas las personas tienen derecho a obtener y disfrutar de la prestación de los servicios públicos domiciliarios, ello solamente será posible si tanto quien los solicita, como el inmueble para el cual se solicita el servicio, cumplen con los requerimientos
técnicos y jurídicos establecidos, los cuales son necesarios para su conexión."