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Interpretación jurídica de MinAmbiente sobre la tala de árboles aislados localizados en centros urbanos que, por razones de su ubicación, estado sanitario o daños mecánicos, estén causando perjuicio a la estabilidad de los suelos

Escrito por  Ago 22, 2022

De acuerdo con la doctrina publicada por el MinAmbiente "Cuando se requiera talar o podar árboles aislados localizados en centros urbanos que por razones de su ubicación, estado sanitario o daños mecánicos estén causando perjuicio a la estabilidad de los suelos, a canales de

agua, andenes, calles, obras de infraestructura o edificaciones, se solicitará por escrito autorización, a la autoridad competente, la cual tramitará la solicitud de inmediato, previa visita realizada por un funcionario competente técnicamente la necesidad de talar árboles”.

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