profesionales de los empleados públicos de la institución, uno administrativo y uno asistencial, elegidos por voto secreto.
A través del presente concepto se reiteró que, el artículo 70 de la Ley 1438 de 2011 establece la forma como se integran las juntas directivas de las Empresas Sociales del Estado de primer nivel de complejidad, contemplando que, serán elegidos dos (2) representantes
profesionales de los empleados públicos de la institución, uno administrativo y uno asistencial, elegidos por voto secreto.