inyección, y apoyar, de ser requerido, la verificación del taponamiento y abandono de pozos, realizar las visitas de verificación de facilidades de producción y tratamiento de hidrocarburos, incluyendo las que el Ministerio de Minas y Energía u otra Entidad del Estado considere oportuno efectuar, garantizar que la información referente a los Puntos de Medición Oficial de hidrocarburos, se mantenga actualizada, disponible, completa y registre la trazabilidad de la totalidad de los cambios y ajustes efectuados a la misma, entre otras que puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.