proyectos de protección o restauración del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de acuerdo con los planes de desarrollo de los municipios del área de su jurisdicción y que sólo, cuando la población dentro del área urbana del respectivo municipio, distrito, o área metropolitana, fuere superior a un millón de habitantes, el cincuenta por ciento (50%) del producto, se destinará a la gestión ambiental dentro del perímetro urbano, donde haya sido recaudado el impuesto.