respectiva autoridad territorial. Se agregó que, Las disposiciones sobre sobre conservación, preservación y uso de las áreas e inmuebles declaradas como BIC prevalecerán al momento de adoptar, modificar o ajustar los planes de ordenamiento territorial, así como los demás instrumentos de planificación territorial de distritos y municipios, dentro del cual naturalmente se encuentra incluida la formulación del plan de regularización y manejo objeto de consulta y sin que para ello se debe consideración la fecha de radicación o norma particular de transición para su aplicación.