A través del presente concepto se indicó que el régimen tarifario de los servicios públicos en Colombia dispone un criterio orientado por la solidaridad y redistribución, según el cual los estratos más altos (5 y 6) y los usuarios industriales y comerciales pagarán un costo adicional para ayudar a financiar a los estratos bajos (1, 2 y 3). En los casos en los que se considere ser objeto de cobro de un servicio el cual no se está disfrutando, suscriptor o usuario no estará obligado a cumplir las
obligaciones que le cree la factura, sino después de conocerla. Es importante reiterar los en el régimen de servicios públicos domiciliarios existe el cargo de costo fijo, cuando un inmueble se encuentre en condición de desocupado deberá pagar los cobros correspondientes al Costo Fijo Total, Costo Variable por tonelada de residuos no aprovechables y el denominado "Costo Factor de Contribución"
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