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Consideraciones de Colombia Compra Eficiente para la celebración de contratos que deben ejecutarse o cumplirse en el extranjero

Escrito por  Jun 28, 2022

Los contratos que celebren las entidades, se regirán por las disposiciones comerciales y civiles pertinentes, salvo en las materias particularmente reguladas en esta ley. Los contratos celebrados en el exterior se podrán regir en su ejecución por las reglas del país en donde se hayan suscrito, a menos que deban cumplirse en Colombia.

Los contratos que se celebren en Colombia y deban ejecutarse o cumplirse en el extranjero, podrán someterse a la ley extranjera. Cuando los contratos sean celebrados en Colombia, pero su ejecución se deba llevar a cabo en el extranjero, tanto la etapa precontractual como contractual podrá someterse a la ley extranjera, o, en su defecto (a falta de pacto expreso), se rigen en parte por la ley colombiana (en cuanto a la celebración) y en parte por la extranjera (en cuanto a su ejecución).

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Modificado por última vez en Lunes, 27 Junio 2022 09:57